Decreto 142 de 2021: Transportes de Cilindros de Gas Domiciliario
Decreto 142 del 26 de Agosto por medio del cual se modifica el Decreto 140 en su artículo segundo referente al transporte de cilindros de gas domiciliario cumpliendo con lo estipulado por la Policía Nacional; en atención a la suspensión del daño del Servicio de Gas Natural y teniendo en cuenta que no se conoce una fecha exacta de rehabilitación del servicio.
“El transporte de cilindro de gas domiciliario se restringe en las inmediaciones o puntos de concentración de movilizaciones de protesta social y la movilización de cilindros de gas se realizará únicamente por parte de empresas dedicadas a la comercialización de gas, en donde los vehículos cuenten con los logos de la empresa, lo conductores debidamente carnetizados y con la documentación correspondiente para realizar dichas movilizaciones”.
Conozca el Decreto 142 del 26 de agosto de 2021: