PLANES PILOTO
DECRETO No. 178 de 2020
(5 de octubre de 2020)
“POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTAN LAS MEDIDAS ESTABLECIDAS EN EL DECRETO NACIONAL NO. 1168 DE 2020 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”
“…
ARTÍCULO CUARTO. Autorizar la implementación de planes pilotos a los establecimientos y locales comerciales que presten servicio de restaurante o bares, para el consumo de bebidas embriagantes dentro del establecimiento o local en el municipio de Acacías.
Parágrafo 1°. Las personas jurídicas o naturales que deseen implementar los planes pilotos en sus establecimiento o locales deberán estar acorde a la Resolución 1569 de 2020 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social, “Por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo de coronavirus covid-19 para el consumo de bebidas embriagantes en restaurantes y bares".
Parágrafo 2°. La Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría de Gobierno, Policía Nacional realizaran el control y vigilancia.”