Horarios Autorizados
DECRETO No. 114
(15 DE JULIO DE 2020)
“POR MEDIO DEL CUAL SE ACOGE EN EL MUNICIPIO DE ACACÍAS META, LAS INSTRUCCIONES IMPARTIDAS POR EL DECRETO NACIONAL 990 DE 2020”
“…
ARTÍCULO SEXTO. Los establecimientos y locales comerciales de minoristas, mayoristas, de alimentación, de bebidas, de productos y bienes de primera necesidad, ópticas, entidades bancarias y financieras, empresas de mensajería, productos de aseo y de higiene, de alimentos y medicinas para mascotas, suministro de materiales e insumos para la ejecución de las obras, y demás actividades económicas y sociales podrán estar abiertos al público en el siguiente horario: lunes a domingo de 07:00 a.m. hasta la 05:00 p.m.
Parágrafo 1. Las farmacias que presten sus servicios de atención al público de manera presencial lo harán de lunes a domingo de 07:00 a.m. hasta las 05:00 p.m. a partir de este horario el servicio será prestado a través de la plataforma de comercio electrónico y por entrega a domicilio 24 horas.
Parágrafo 2. Exhortar a las farmacias, supermercados, galerías, plazas, suministro de materiales e insumos para la ejecución de las obras, casas de cambio, y demás actividades económicas y sociales prestar atención al público teniendo en cuenta el Pico-Cédula en el horario de 07:00 a.m. hasta la 05:00 p.m. de conformidad con lo establecido en el presente Decreto Municipal.
Parágrafo 3. La comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos (alimentos preparados), se realizará mediante plataformas de comercio electrónico y por entrega a domicilio en el siguiente horario: lunes a Domingo de 07:00 a.m. hasta la 09:00 p.m.
…
Parágrafo 5. La ejecución de obras de infraestructura de transporte y obra pública se realizarán en el horario de 7:00 a.m. hasta las 5:00 p.m.”