RENUEVE SU REGISTRO NACIONAL DE TURISMO
En virtud del Decreto 2063 de 2018, promoviendo la calidad y seguridad turística, invitamos a todos los prestadores de servicios turísticos a renovar el Registro Nacional de Turismo – RNT a través de la Cámara de Comercio, dentro de los primeros 3 meses del año (enero 01 a marzo 31 de 2020).
La renovación del Registro Nacional de Turismo, corresponde a un trámite declarativo, el cual elimina el cargue documental y no genera cobro de impuesto de registro, por lo anterior, el trámite NO TIENE COSTO. Teniendo en cuenta lo anterior, no deberán ir a la Cámara de Comercio a radicar documentos, ni realizar pago alguno por concepto de Registro Nacional de Turismo. El trámite de actualización, inscripción, cancelación, suspensión y renovación del RNT, es exclusivamente virtual.
Recuerde que el procedimiento de renovación DEBE SER REALIZADO POR USTEDES MISMOS en el portal del RNT, ingresando a la página www.rues.org.co y seleccionar el enlace Registro Nacional de Turismo – RNT que se encuentra en la parte inferior de la página web en la sección de “enlaces relacionados” o en su defecto ingresar directamente a la página web: https://rnt.confecamaras.co/home , el cual consiste en declarar el cumplimiento de los requisitos, actualizar los datos, y responder la encuesta de actualización. En la página https://rnt.confecamaras.co/home, encontrara los vídeos tutoriales con el paso a paso del proceso de renovación del RNT. (Recuerde que no se adjunta ningún documento y NO tiene costo)
Si al momento de ingresar a su cuenta virtual, no recuerda la contraseña, podrá recupera la misma digitando el correo electrónico que reportó al momento de crear el usuario. Para lo anterior, nos permitimos adjuntar el manual de cómo se realiza el proceso de restablecer la contraseña. Si el correo electrónico reportado en el RNT para recuperar la contraseña, ya no corresponde al utilizado, se deberá solicitar el cambio de correo al email: cesar.casallas@ccv.org.co enunciando el nuevo correo y los datos del establecimiento. (Nombre del establecimiento, número de NIT, Nombre propietario, nuevo correo electrónico, usuario)
Para realizar la Renovación del Registro Nacional de Turismo, se deberá declarar la información o cumplimiento de los siguientes requisitos:
1. Matrícula mercantil del establecimiento de comercio, encontrarse vigente y la actividad económica reportada en el registro mercantil ser coherente al tipo de prestador de servicios turísticos. (como mínimo renovada al año 2019) (NO aplica para los guías de Turismo).
2. Declarar si presentó los estados financieros ante autoridad competente: En el formulario virtual del RNT, deberá seleccionar, si presentó ante autoridad competente los estados financieros, o en su defecto, seleccionar en el formulario virtual del RNT, que a la fecha no estoy obligado a presentar estados financieros ante autoridad competente. (RECUERDE QUE NO SE DEBE ADJUNTAR NINGÚN DOCUMENTO).
3. Cumplimiento Implementación Norma de Sostenibilidad Turística: El prestador de servicios turísticos obligado, informará que ha cumplido con la implementación de las normas técnicas sectoriales de sostenibilidad turística (solo aplica para los siguientes establecimientos: establecimientos de alojamiento y hospedaje; – agencias de viajes; – establecimientos gastronómicos y de bares; – las empresas de transporte terrestre automotor especializado, las empresas operadoras de chivas y de otros vehículos automotores que presten servicio de transporte turístico; - operadores profesionales de congresos, ferias y convenciones; – empresas comercializadoras de esquemas de tiempo compartido y multipropiedad.) O informará que ha cumplido con la certificación de las nts de turismo de aventura indicando el número de certificado. Los únicos prestadores obligados a estar certificados en norma técnica sectorial de turismo de aventura, son las agencias operadoras que desarrollan alguna actividad de turismo de aventura … (NO SE DEBE ADJUNTAR NINGÚN DOCUMENTO)
4. Diligenciar en el formulario virtual la Capacidad Técnica, la cual consiste en la relación de elementos electrónicos, magnéticos y mecánicos del establecimiento. Para este caso, el aplicativo desplegará una lista en el cual podrá seleccionar el elemento y cantidad diligenciando su descripción.
5. Diligenciar en el formulario virtual la Capacidad Operativa, la cual consiste en la descripción de la estructura orgánica, número de empleados y nivel de formación. Para este caso, el aplicativo desplegará una lista en el cual podrá seleccionar el nivel de formación y diligenciar la cantidad de personal.
6. Diligenciar la encuesta de actualización. (Son las mismas preguntas de todos los años. Ejemplos: activos, pasivos, ingresos, utilidad, cuantas personas hospedaron, No. Habitaciones, No. Camas, % ocupación, etc...)
7. Contribución Parafiscal – FONTUR. (No aplica para Guías de Turismo): Antes de realizar el procedimiento de renovación del RNT, Deberá haber realizado el pago de los últimos 4 trimestres de la contribución parafiscal al FONTUR (Los 4 trimestres del 2019). El aplicativo del RNT, verificará y detectará automáticamente si el Prestador de Servicios Turísticos se encuentra al día en el pago de esta contribución y permitirá finalizar el procedimiento de actualización del RNT. (RECUERDE QUE NO SE DEBE ADJUNTAR NINGÚN DOCUMENTO)
De no encontrarse al día con los pagos de la contribución parafiscal, el aplicativo del RNT NO permitirá finalizar la solicitud de renovación. En este caso, el Prestador de servicios turísticos deberá ponerse al día en la contribución parafiscal para poder terminar su proceso de renovación del RNT.
Para el caso de las viviendas turísticas y otros tipos de hospedaje no permanente como lo son: fincas turísticas, apartamentos turísticos que tengan ingresos operacionales inferiores a 50 SMMLV, NO están obligados al cumplimiento de la contribución parafiscal. Para este caso, el aplicativo del RNT solicitará la información de los ingresos operacionales, y al ser estos menores de 50 smmlv, no solicitará estar al día en la contribución, permitiendo finalizar el trámite de actualización. (Hoteles y centros vacacionales es obligatorio el pago de la contribución parafiscal, sin importar el monto de los ingresos)
Consultar la página www.fontur.com.co menú “contribución parafiscal” donde encontrará toda la información; o Si presenta inconvenientes con respecto a la liquidación o reclamaciones por inconsistencias de la información reportada por el FONTUR, llamar al teléfono en Bogotá: 7426404 Ó 3275500 extensiones 1444 Ó Celular: (305) 7341212 – Ó Línea nacional sin costo: 01 8000 180335. Ó al menú contáctenos de la misma página web www.fontur.com.co. (Se adjunta manual)
Le recordamos que por la no Renovación antes del 31 de Marzo de 2020, su registro pasará a estado suspendido y se deberá cancelar el valor de un salario mínimo mensual vigente para poder reactivar el registro ($877.803). (Art. 33 parágrafo 6 Ley 1558 de 2012).
IMPORTANTE: Una vez realizada la verificación por parte de la Cámara de Comercio de Villavicencio, y en caso de no encontrarse cumplido los requisitos, la Cámara de Comercio de Villavicencio, realizará la respectiva devolución, y el usuario deberá consultar en la opción de “ver notificaciones” de su cuenta virtual del RNT las causales por la cual no fue aprobada su solicitud, y el prestador de servicios turísticos sólo tendrá plazo de corregir o completar su solicitud hasta el 31 de Marzo de 2020, so pena de suspensión por no renovación. Las inconsistencias que no se subsanen y radiquen la solicitud nuevamente, antes del vencimiento del plazo de la renovación que corresponde al 31 de Marzo de 2020, dará lugar a las sanciones o multas que corresponden en caso de suspensión.
De conformidad con el artículo 2.2.4.1.1.5 de Decreto 229 de 2017, Las Cámaras de Comercio procederán a efectuar el registro y expedir el certificado correspondiente o a devolver la solicitud, dentro de los 15 días siguientes a la recepción electrónica de la solicitud de inscripción, actualización, suspensión o cancelación en Registro Nacional de Turismo.