BENEFICIOS ECONÓMICOS PERIÓDICOS PARA GESTORES Y CREADORES CULTURALES
El 30 de noviembre de 2017 el gobierno nacional expidió el Decreto 2012 que establece la manera como se invertirán los recursos provenientes del 10% del recaudo de la Estampilla Procultura, que según la Ley 666 de 2001 se deben destinar para la seguridad social de los creadores y gestores culturales. En este sentido, nos permitimos adjuntar circular externa de la Señora Ministra de Cultura, Carmen Inés Vásquez Camacho, sobre la implementación de esta normatividad. Así mismo, se adjunta la siguiente documentación que servirá de soporte para desarrollar el procedimiento en su municipio:
1. Decreto 2012 de 2017:
2. Resolución 2260 de 2018, por la cual se modifica la resolución 3803 de 2017 en la que se establecen los requisitos y el procedimiento de acreditación de la condición de creador y gestor cultural, para efectos de la asignación de los beneficios de que trata el Decreto 2012 de 2017:
3. Manual Operativo. Este documento describe paso a paso el procedimiento para la implementación del Decreto 2012 de 2017 en las respectivas entidades territoriales:
4. Cronograma de segunda fase.
5. Formato de identificación de creadores y gestores culturales.
6. Circular externa 2019 - Ministra de Cultura.
Cualquier inquietud adicional podrá ser resuelta en la Secretaría Social de Educación, Cultura y Deportes ubicada en el Tercer Piso de la Casa de la Cultura - Carrera 15 No. 12-56 Barrio Centro o llamando al celular 321 469 88 29.
Fecha de publicación 08/03/2019
Última modificación 08/03/2019