CIRCULAR No. 002- 2014 CRITERIOS GENERALES PARA CONVOCATORIAS CONTRACTUALES

El DIRECTOR OPERATIVO DE APOYO A LA CONTRATACIÓN DEL MUNICIPIO DE ACACÍAS, en consideración al avance de las convocatorias públicas con fines contractuales, especialmente las relacionadas con obras públicas y proyectos de infraestructura, y según corresponde a los procesos precontractuales pendientes de convocar en la entidad, consideran necesario unificar y actualizar los criterios generales impartidos desde la DOAC y contenidos en la Circular No. 001 de 2014, a fin que se continúe a futuro con estos nuevos parámetros como herramientas de trabajo y elementos indicadores en las diversas convocatorias públicas con fines contractuales que se requiera adelantar, de valor superior a la mínima cuantía.
En aplicación al DECRETO 791 DE 2014, en el cual se reglamenta el artículo 72 de la Ley 1682 de 2013 y se modifica el artículo 18 del Decreto 1510 de 2013. Se hace necesario incorporar la modificación decretada en la norma citada, a la circular 1 de 2014.
En aras de garantizar la protección de los recursos públicos, se adicionan aspectos para definir los requisitos mínimos para determinar la capacidad financiera de las Corporaciones, Asociaciones y Fundaciones, que pretendan suscribir convenios con el municipio.
En éste sentido, se señalan los aspectos relacionados con el análisis y verificación del perfil del proponente, y demás criterios de habilitación, así como algunos de calificación, bajo los siguientes aspectos:
CRITERIOS DE HABILITACIÓN
I. CAPACIDAD FINANCIERA
II. INFORMACIÓN FINANCIERA
III. CAPACIDAD JURÍDICA
IV. PERFIL DEL PROPONENTE
V. FACTORES DE EVALUACIÓN EN LICITACIÓN PÚBLICA O SELECCIÓN ABREVIADA (excepto para los de subasta inversa)
VI. CONDICIONES DE EXPERIENCIA EN LICITACIONES PÚBLICAS Y SELECCIONES ABREVIADAS
VII. PROCESOS CUMPLIDOS POR CONCURSOS DE MERITOS
VIII. DESEMPATE
IX. DE LA CONTRATACIÓN DERIVADA DEL ARTÍCULO 355 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
X. CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS
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