Comunicado de Prensa Planeación
La Oficina Asesora de Planeación; informa a la comunidad en general, que la adquisición de predios mediante la modalidad de común y proindiviso, no genera derechos individuales para construcción y mucho menos de urbanización, estas actividades de loteos son ilegales, por lo cual les informamos que toda obra que se adelante sin la Licencia expedida por la Oficina asesora de planeación está sujeta a sanciones y procedimientos de ley, que van desde la suspensión de la obra, pago de la multa y demolición de la infraestructura construida.
Estas sanciones urbanísticas se graduarán de acuerdo a la gravedad de la infracción y reiteración o reincidencia de la falta, cuando tales conductas se presenten.
De la misma manera, quienes parcelen, urbanicen o construyan en terrenos no urbanizables o parcelables, se aplicarán multas que oscilan entre 100 y 500 salarios mínimos legales mensuales, además de la orden policiva de demolición de la obra y suspensión de servicios públicos domiciliarios acorde con la ley 142/994.
Por ello, se informa que antes de realizar algún tipo de negociación de lotes con estas características se abstengan de hacerlo, ya que pueden estar siendo objeto de posibles engaños.
GERARDO AYALA CASTILLO
Oficina Asesora de Planeación
Fecha de publicación 05/05/2014
Última modificación 22/08/2017