ALCALDÍA DE ACACÍAS PROFIERE MEDIDAS PREVENTIVAS PARA LAS CELEBRACIONES DE NAVIDAD Y DE FIN DE AÑO.
Por solicitud de los miembros del consejo de seguridad, la alcaldía de Acacías a través de los decretos 203 y 204 de 2015 profirió medidas de prohibición y restricción para la temporada de fin de año.
El decreto 203 “prohíbe el tránsito de motocicletas para los días 24, 25 y 31 de dicembre de 2015 y el día 01 de enero de 2016, en el horario de las 6:00 p.m. a las 6:00 a.m del día siguiente. Se exceptúan las motocicletas que se encuentren al servicio de las siguientes entidades, siempre y cuando se movilicen en ejercicio de sus funciones y sus ocupantes se identifiquen plenamente:
1- La Policía Nacional y Fuerzas Militares, Fiscalía General de la Nación, Cuerpo Técnico de Investigación Criminal, Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC.
2- Cuerpo Operativo del Instituto de Tránsito y Transporte de Acacías ITTA.
3- Organismos de socorro como Cruz Roja, Cuerpo de Bomberos y Defensa Civil.
4- Personal de seguridad privada y escoltas de funcionarios del orden nacional, departamental y municipal.
5- Personal operativo de servicios públicos domiciliarios.
6- Medios de comunicación.
7- Entrega de alimentos, medicamentos y mensajería a domicilio.
8- Personal de entidades de salud que atiendan hospitalización domiciliaria, debidamente uniformados y carnetizados”.
El decreto 204 “modifica los horarios de funcionamiento de manera transitoria los días 24, 25, 26 y 31 de diciembre de 2015, y los días 01 y 02 de enero de 2016 en el horario de 6:00 p.m. a 6:00 a.m. del día siguiente a los establecimientos abiertos al público del municipio tipo bares, tabernas, discotecas, licoreras, galleras, estanquillos, casas de lenocinio. En el artículo segundo se modifican los horarios de funcionamiento de manera transitoria desde el día 19 de diciembre de 2015 al 10 de enero de 2016, en el horario de 10:00 a.m. a 11:59 p.m. a los establecimientos públicos del municipio tipo Casetas de propiedad del Municipio ubicadas en el malecón turístico. Artículo tercero AUTORIZAR temporal y transitoriamente la ampliación de los horarios de atención al público de los establecimientos comerciales del municipio destinados a la venta de ropa, zapato, jugueterías, cacharrerías, accesorios, autoservicios, comidas, abarrotes y afines, para los días 23, 24, 30 y 31 de diciembre de 2015 en el horario de las 24 horas del días.
Prohibición de Pólvora en Acacías.
De acuerdo al decreto 238 de 2013 en el municipio de Acacías está prohibido el uso, fabricación, transporte, almacenamiento, comercialización y venta de pólvora, artículos pirotécnicos y fuegos artificiales.