CONVOCATORIA PARA ASAMBLEA DE ELECCIÓN DEL REPRESENTANTE DE LAS ASOCIACIONES DE USUARIOS ANTE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO

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CONVOCATORIA PARA ASAMBLEA DE ELECCIÓN DEL REPRESENTANTE DE LAS ASOCIACIONES DE USUARIOS ANTE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO

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FECHA Y HORA

Inicia: Jueves 22 de marzo de 2018 02:30 pm

Finaliza: Jueves 22 de marzo de 2018 05:00 pm

Descripción

La secretaria de Salud Municipal, Yessica Lorena Mayorga Díaz, convoca a  los usuarios inscritos aptos para elección del representante de las Asociaciones de Usuarios ante la Junta Directiva de la Empresa Social del Estado, el listado de usuarios aptos publicado el día 12 de Febrero por parte de la Secretaría de Salud en las Carteleras de las Oficinas del SIAU de la Secretaria de Salud y del Hospital Municipal de Acacías E.S.E, para que elijan a su nuevo representante de las Asociaciones de Usuarios ante la Junta Directiva del Hospital Municipal de Acacías E.S.E, dando cumplimiento a la solicitud de los asistentes a la primera Asamblea de elección el día de 16 de Febrero donde por unánime acuerdo se aplaza la elección.

Esta dependencia realiza solicitud el día 20 de Febrero de 2018 a la Supersalud con el fin de obtener información acerca de las Asociaciones de Usuarios del Municipio de Acacias legalmente constituidas e inscritas  ante este ente de control.

El día 12 de marzo mediante correo certificado se obtiene respuesta de la Supersalud donde nos informa, lo siguiente:

“Respecto de su solicitud de los listados de Asociaciones de Usuarios del Municipio de Acacías, me permito informarle que esa una vez recibida su comunicación se procedió a realizar la consulta de las Asociaciones que están reportadas en el sistema de información de la superintendencia Nacional de Salud, encontrando el registro de 4 Asociaciones en el Municipio de Acacías Meta, de conformidad con el reporte de los datos que han realizado los vigilados responsables de la prestación de los Servicios de Salud EPS-IPS a través de la página web de conformidad con lo establecido en la circular única, de la siguiente manera”.

El dia 15 de Marzo de 2018 a las 7:30 am mediante reunión con el Doctor WILSON ORLANDO GOMEZ personero Municipal se lee respuesta a llegada por la SUPERSALUD, donde se toma la decisión de  convocar nuevamente para el día 22 Marzo para el proceso de elección del Represente de los Usuarios ante la junta Directiva del Hospital Municipal de Acacias E.S.E.

Teniendo en cuenta la respuesta emitida por este ente de control los postulantes que cumplen los requisitos legales para hacer parte del proceso como Asociación Legalmente constituida serian los integrantes inscritos pertenecientes a la Asociación de Usuarios del Hospital Municipal de Acacias E.S.E.

 
Requisitos para Asamblea de elección:

  1. Cumplido el requisito del ítem uno (1), para ingresar al recinto  establecido para la conformación de la Asamblea debe presentar el original de su documento de identidad.
  2. Estar en el listado de Aptos publicado el 12 de Febrero.

 

  1. REQUISITOS PARA POSTULARSE COMO REPRESENTANTE DE LA ALIANZA O ASOCIACION DE USUARIOS ANTE LA JUNTA DIRECTIVA DEL HOSPITAL MUNICIPAL DE ACACIAS E.S.E.

 

3.1.Requisitos Legales:

Según lo establecido en el Artículo 8º del Decreto Nacional 1876 de 1994. Son Requisitos para los miembros de las Juntas Directivas. Para poder ser miembro de las Juntas Directivas de las Empresas Sociales de Salud se deben reunir los siguientes requisitos:

  • Estar vinculado y cumplir funciones específicas en la Asociación de Usuarios.
  • Acreditar una experiencia de trabajo no menor a un año en la Asociación.
  • No hallarse incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades contempladas en la ley.

 

  • 3.2.Inhabilidades:

Quienes se hallen en interdicción judicial, inhabilitados por una sanción disciplinaria o penal o suspendidos en el ejercicio de su profesión o excluidos de ésta.

  • Quienes hubieren sido condenados por delitos sancionados con pena privativa de la libertad, excepto cuando se trate de delitos políticos o culposos salvo que estos últimos hayan afectado la administración pública.
  • Quienes como empleados públicos de cualquier orden hubieren sido suspendidos en el ejercicio del cargo por dos veces y por esta causa se les haya impuesto medida asesoría o destituido del cargo con sanción de inhabilidad para ejercer funciones públicas.
  • Quienes en el año anterior a la fecha de su designación o elección hubieren ejercido el control fiscal de la respectiva entidad.
  • Quienes padezcan cualquier afectación física o metal que comprometa la capacidad física necesaria para el debido desempeño del cargo, certificado por médico oficial.
  • Quienes se hallen entre si con el Gerente o con el Revisor fiscal de la respectiva E.S.E dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil. Habrá lugar a modificar la última elección o designación, que se hubiere hecho, si con ello se violó la regla aquí consignada.
  • Quienes fueren cónyugues de los miembros de la junta Directiva o Gerente o se hallaren dentro de los grados de parentesco señalados en el numeral anterior.
  • Las demás inhabilidades que consagre a adicione la ley y no estén aquí contempladas.

 

3.3 Perfil del Representante:

Los representantes de la Comunidad: Teniendo en cuenta la experiencia obtenida hasta el momento, en cuanto a la gestión realizada por los representantes de la comunidad en las Juntas Directivas de los Hospitales, y la trascendencia de dicha participación, se evidencia la necesidad de optimizar la representación de la voluntad comunitaria de manera técnica y argumentada, lo que implica cumplir con un perfil mínimo que garantice una participación activa, propositiva y coherente de los  representantes de la comunidad en este espacio de toma de decisiones.

  • Deben estar vinculados y cumplir funciones específicas en salud en un comité de Usuarios de Servicios de Salud; acreditar una experiencia de trabajo no inferior a un año en un comité de Usuarios.
  • No hallarse incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades contempladas en la ley.

 

3.4. Funciones  de representante

                     

Las Funciones  que cumpliría en la Junta Directiva del  Hospital Municipal de Acacias  E.S.E. Sin perjuicio de las funciones asignadas a las juntas directivas por ley, decreto, ordenanzas o acuerdo u otras disposiciones legales.

Según Artículo 11 del Decreto Nacional 1876 de 1994. Son Funciones  de la Junta Directiva. Sin perjuicio de las funciones asignadas a las Juntas Directivas por ley, Decreto, Ordenanza o Acuerdo u otras disposiciones legales, ésta tendrá las siguientes:

  1. Expedir, adicionar y reformar el Estatuto Interno.
  2. Discutir y aprobar los Planes de Desarrollo de la Empresa social.
  3. Aprobar los Planes Operativos Anuales.
  4. Analizar y aprobar el proyecto de presupuesto anual, de acuerdo con el Plan de Desarrollo y el Plan Operativo para la vigencia.
  5. Aprobar las modificaciones de tarifas y cuotas de recuperación que proponga el Director o Gerente, para ajustarse a las políticas tarifarias establecidas por las autoridades competentes en le sistema general de seguridad social en salud, en sus distintos órdenes.
  6. Aprobar la planta de personal y las modificaciones a la misma, para su posterior adopción por la autoridad competente.
  7. Aprobar los Manuales de Funciones y Procedimientos, para su posterior adopción por la autoridad competente.
  8. Establecer y modificar el Reglamento Interno de la Empresa Social.
  9. Analizar los Informes Financieros y los informes de ejecución presupuestal presentados por el Gerente y emitir concepto sobre los mismos y sugerencias para mejorar el desempeño institucional.
  10. Supervisar el cumplimiento de los planes y programas definidos para la Empresa Social.
  11. Servir de voceros de la Empresa Social ante las instancias político-administrativas correspondientes y ante los diferentes niveles de Dirección del Sistema de Salud, apoyando la labor del Gerente en este sentido.
  12. Asesorar al Gerente en los aspectos que este considere pertinente o en los asuntos que a juicio de la Junta lo ameriten.
  13. Diseñar la política, de conformidad con las disposiciones legales, para la suscripción de los Contratos de Integración Docente Asistencial por le Gerente de la Empresa Social.
  14. Elaborar terna para la designación del responsable de la Unidad de Control Interno.
  15. Fijar honorarios para el Revisor Fiscal.
  16. Determinar la estructura orgánica-funcional de la entidad, y someterla para su aprobación ante la autoridad competente.
  17. Elaborar terna de candidatos para presentar al Jefe del al respectiva Entidad Territorial para la designación del Director o Gerente.
  1. Asamblea de Elección.
  2. Para dar inicio a la asamblea y después de la lectura del orden del día y presentación del objetivo de la misma, un representante de la  Secretaria Distrital de salud o de la E.S.E hará un recuento sobre las funciones de la Junta Directiva, los requisitos y el perfil que deben tener los representantes de la comunidad, así como las inhabilidades incompatibilidades y responsabilidades constitucionales de la ley, para los miembros de las Juntas Directivas.
  3.  Una vez verificado el quórum y realizadas las aclaraciones pertinentes por parte de la Secretaria Local de Salud y/o la E.S.E, los presentes procederán a definir el método de votación.
  4. El secretario de la asamblea levantará el acta respectiva, en la cual debe quedar establecido dentro del orden del día le elección, especificando la metodología de elección, los candidatos postulados, el número de votos para cada uno. Finalmente se debe anotar el nombre, identificación y domicilio de la persona elegida.
  5. El acta debe ser firmada por el presidente y Secretario Ad-Hoc, junto con el listado de participantes con los datos suficientes que permitan identificar al usuario: nombre  y apellidos, documento de identificación, su tipo de afiliación al Sistema General de Seguridad social en salud.

 

  1.  Procedimiento Post. Elección.
  2. Comunicación por escrito por parte de la Asociación de Usuarios a la Secretaria de salud sobre la Elección del Representante a la Junta Directiva de la E.S.E. Anexando copia del Acta de Elección.
  3. De acuerdo a lo establecido en el Decreto 1876 de 1994, la Secretaria Distrital de salud comunicará al elegido, la designación y funciones como miembro de la junta Directiva. Esta persona deberá manifestar por escrito su aceptación o declinación para efectos de posesionarse como miembro de la junta directiva.

Una vez cumplidos estos requisitos tomará posesión ante la Secretaria de Salud en la fecha programada.


Consulte a continuación el listado de usuarios:

Ver archivo

 

Consulte aquí SOLICITUD DE INFORMACIÓN DE ASOCIACIONES DE USUARIOS ACACÍAS - META:

http://www.acacias.gov.co/loader.php?lServicio=Tools2&lTipo=descargas&lFuncion=descargar&idFile=3405